La renta en el arrendamiento rústico, pp. 226-268.

Escrito por  Beatriz Gutiérrez Lima

En época romana un elemento esencial de la locatio conductio rei es su carácter oneroso, si el locator cede la cosa al conductor es porque este abona por ello una renta. El abono de la renta consistía en la entrega de una cantidad dineraria, aunque en los arrendamientos rústicos primaba pactar una renta en especie sobre los mismos frutos agrícolas que produjese el fundo arrendado. Pero dicha renta ha ido variando por circunstancias extraordinarias y erosión monetaria a través del tiempo.

ACCEDA AL ARTÍCULO --> PDF

  • Alcalibe Nº 11
  • Alcalibe Nº 10
  • Alcalibe Nº 9
  • Alcalibe Nº 8
  • Alcalibe Nº 7
  • Alcalibe Nº 6
  • Alcalibe Nº 5
  • Alcalibe Nº 4
  • Alcalibe Nº 3
  • Alcalibe Nº 2
  • Alcalibe Nº 1